Desde el 15 de enero de 2015, todas aquellas empresas o autónomos que tengan que emitir una factura de importe superior a 5.000 euros a las Administraciones Públicas, sea cual sea el organismo de que se trate (Ministerios, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Diputaciones, Mutuas de Accidentes, Universidades, etc.) debe hacerlo por medios electrónicos, es decir, debe emitir una factura electrónica. Leer Más
Desde el 15 de enero de 2015, todas aquellas empresas o autónomos que tengan que emitir una factura de importe superior a 5.000 euros a las Administraciones Públicas, sea cual sea el organismo de que se trate (Ministerios, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Diputaciones, Mutuas de Accidentes, Universidades, etc.) debe hacerlo por medios electrónicos, es decir, debe emitir una factura electrónica. Leer Más